23/08/2018 07:51 Escrito por: VERIDATA |
Buenos dias: Necesito hacer contrato fijo discontinuo y nunca lo he hecho. Como se procede? Hago el contrato y lo registro y doy el alta en seg. social pero luego cuando sea baja y alta a posteriori como se procede ante la Seg. Social y ante el SEPE. Cada vez que se produzca baja he de enviar el certificado de empresa? Los trabajadores en su nomina se les va liquidando las pagas extras pero no se le paga la indemnizacion temporal no? Es que tengo muchas dudas al respecto. Muchas gracias. |
23/08/2018 17:15 Escrito por: sangil |
Los contratos fijos discontínuos se dan de alta a tiemp completo o parcial con el tipo de contrato 300, indicando las horas previstas a realizar al año y si realizará, o no, horas complementarias. En seguridad social se da el alta y baja con código 94 por pase a periodo de inactiviad en cada perido de actividad. Sólo se cotiza por peridos de prestación de servicios En el SEPE se comunica el contrato al inicio y las bajas en el certificado de cada periodo, con codigo 15 fin o interrupción de la actividad de los trabajadores fijos-discontínuos. No hay que repetir contrato mientras el inicial siga vigente, ninguno de los periodos posteriores a lo largo de la vida del contrato. Tienen derecho a su parte proporcional de pagas extras y vacaciones, así como de los descansos, si no trabajan la semana entera. |
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