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Contratos de trabajo

Normal distribucion horario inspeccion

20/02/2014
19:32

Escrito por:
correcaminos

Buenas tardes, respecto a los contratos a tiempo parcial se me plantean las siguientes dudas en relación al horario de trabajo que se plasma en contrato de trabajo, y sobre todo como actua la inspeccion en el control de este tema:

1.- Si la distribución del horario en contrato es fija, por ejemplo, de 9horas a 14 horas, y la inspección lo encuentra trabajando por la tarde, se puede alegar que han cambiado el horario puntualmente por necesidad de acuerdo entre las partes (supongo que tendria que haber un documento previo).

2.- Son validas para la inspección el siguiente horario, literalmente " de 9horas a 12horas pudiendose cambiar según necesidad de la actividad".

3.- Si se pone en contrato como clausula , que se pueden hacer horas extras, que serán abonadas según convenio o compensadas con periodos de descanso.

4.- Que pasa si tiene un accidente de trabajo en horario distinto del reflejado en contrato.

Creo que nos interesa a todos saber por la experiencia como actua la inspección en estos casos u otros que no he concretado respecto al tema

Un cordial saludo a todos

22/02/2014
10:40

Escrito por:
Syr

Si no me equivoco, en caso en que no se especifique un horario determinado en el contrato, o en el caso de cambio de horario por circunstancias de empresa, habría que tener un cuadrante de horas en el centro de trabajo y facilitárselo a la inspección en el momento de la misma. Si no se hace, entiendo que inspección no tendría por qué creerse que justo ese día el trabajador no ha podido venir en su horario y sería objeto de sanción. En caso de accidente, entiendo que sería igual, habría que facilitar el cuadrante de horarios firmado por los trabajadores, donde se vea que, en el momento del accidente, el trabajador estaba en horario de trabajo, independientemente de lo que diga el contrato.

 

24/02/2014
18:11

Escrito por:
Jogivi

A partir de enero el cuadrante de horas será obligatorio, esté especificado o no el horario en el contrato de trabajo, sino la inspección lo considerará a jornada completa. Así que vamos a tener que confeccionar dichos cuadrantes, el problema es como....

24/02/2014
19:18

Escrito por:
BAYON

ME E STOY ACOJONANDO.  AL CUADRANTE OS REFERÍS A LOS CUADROS HORARIOS¿?¿?

25/02/2014
13:43

Escrito por:
IMBEROSIMIL

LA MEJOR OPCIÓN UNA PLANTILLA PARA LOS TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL, SE SUPONE QUE EN LA JORNADA ORDINARIA NO HACE FALTA PERO YO TENGO CLARO QUE VOY A PASAR UNA PLANTILLA A CADA EMPRESA PARA QUE FIRMEN LOS TRABAJADORES TODOS LOS DIAS Y NOS LAS PASEN A FINAL DE MES PARA COMPUTO DE HORAS.

13/03/2014
10:55

Escrito por:
rafasemar

Hola, en el caso de un hotel, cuando hacen 20 horas, semanales, yo en el contrato les reflejo "20 h.semanales prestadas de lunes a domingo, en turnos de 4 horas diarias prestadas segun cuadrante empresa, de mañana o tarde, con los descansos que establece la ley" y ya luego desde enero, como dice jogivi, que en el control horario pongan las horas en las que lo desarrollan...alguien lo haria de otra manera??, es que realmente esos turnos son asi....La verdad se agradece opiniones que ayuden a comprender tantos cambios legales en tan poco tiempo...Saludos.

13/03/2014
17:55

Escrito por:
lagocoll

CUANDO PONES LA CLAUSULA QUE TU DICES EN LOS CONTRATOS Y QUE ESTA BIEN SE SUPONE QUE DEBES DE HACER LLEGAR A LOS TRABAJADORES UN CUADRANTE CON SUS HORARIOS AL MENOS CON UN MES DE ANTELACION, TEN EN CUENTA QUE NO PUEDES TENER A TU DISPOSICION UN TRABAJADOR PARA LO QUE TU QUIERAS.

COMO EJEMPLO TE DIRE QUE GRANDES ALMACENES TIENE CLAUSULAS PARECIDAS PERO ESTABLECEN CUADRANTES HORARIOS SEMESTRALES

 

 

 

05/07/2014
10:18

Escrito por:
santoasesor

PREGUNTA; ese cuadrante supongo que tendra que estar a disposicion de la inspeccion; lo tendremos que tener en el centro de trabajo; ahora bien, si el control lo llevamos en un ordenador, por que tengo que poner un papel congaldo en el centro de trabajo?, o en el movil, tienen que firmar los trabajadores?; con los tarjeteros en la empresas nadie firma.  " LA inspeccion no hace nada mas que sancionar", yo entiendo que si en un monento dado un trabajador quiere cambiar el turno ect, no tenemos que estar cagados, como nos obliga esta gente, leer y haber que oponais..

Desde la puesta en marcha de la reforma laboral, la labor inspectora se ha visto atada de manos en este aspecto, ya que los contratos a tiempo parcial porán realizar horas extras que se compensaran con dinero o bien compensando con descanso en los 4 meses siguientes; es decir que cuando se persone el inspector, se le puede alegar que ese dia está haciendo horas extras y que en los próximos 4 meses se le compensará con descansos, es decir que se ha creado el contrato a la carta para la empresa.

    Buenos días:
  
 En primer lugar, el artículo 12.5 h) del Estatuto de los Trabajadores, establece:
   “h) La jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias a que se refiere el apartado 5.
  
 El empresario deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un periodo mínimo de cuatro años.
  
 En caso de incumplimiento de las referidas obligaciones de registro, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.”  
 Por tanto, como veis, existe obligación, por parte del empresario, de realizar un registro diario y la totalización mensual de la jornada de trabajo de los trabajadores a tiempo parcial, con inclusión de horas ordinarias y complementarias.
  
 Asimismo, el empresario debe conservar resúmenes mensuales de tales registros durante un periodo mínimo de cuatro años, y debe dar copia de cada resumen mensual al trabajador junto con el recibo de salarios.
  
 Por ello, es claro que la empresa debería haber llevado el registro correspondiente.
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