16/10/2024 12:02 Escrito por: info_ |
Buenos días, alguien me podría decir como aplicais lo embargos cuando son jornadas reales? hay gente que me dice que si no llega al SMI mensual no le retienenen nada. otros que la retención es diaria. Monitor informatico lo hace diario manteniendo el smi de 44,10 pero los temporeros de menos de 120 no deberían de ser el SMI de 53,71? Si alguien me pudiera aclarar... gracias! |
30/10/2024 18:41 Escrito por: anular |
buenos dias, No tengo agrarios, pero los embargos aplico a nivel mensual. Si un mes supera se embarga, que el siguente no llega, no se embarga. Recuerda contestar el embargo, si es necesario. Cada organismo es funciona diferente, tgss, aeat, ayuntamientos, diputaciones, juzgados,ect. El articulo 607, dice salario en general, se presupone mensual. Otro tema es si salario no llega al smi, pero por los dias trabajados, no todo el mes. Llegaria a superar al smi proporcionalmente, yo no aplicaria el embargo. Esto es a criterio. post: el criterio de aeat de embargo de salario a cambiado en los casos de pagas no prorrateadas, para mi es de refencia. Y tiene un simular de embargo, miratelo.
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