05/11/2024 08:45 Escrito por: oto |
Buenos días
Alguien que maneje este convenio, el plan de pensiones para los que están de alta y cobran anualmente por encima del convenio de construcción entiendo que no es obligado aplicarles el plan de pensiones, que pueden renunciar. ¿Y para las altas nuevas, es obligatorio, si el salario sigue siendo superior? Muchas gracias
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05/11/2024 12:15 Escrito por: anular |
Buneos dias, Este convenio no lo tengo, tengo de barcelona construcción. Si el convenio lo establece, aunque el salario este por encima de convenio, hay que aplicarlo ( rendimiento en especie ). Y a todos los haya, antiguos y nuevos. Si dice de apliacion anterior, podria ser atrasos, aunque yo no los aplique.
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05/11/2024 17:18 Escrito por: oto |
Hola, yo en construcción si lo he aplicado, pero este dice que de atrasos no porque los salarios eran superiores a VII acuerdo General de la construcción y que puede estar exento si es superior y poner la cantidad como salarial. Al menos eso entiendo yo. Por eso quería saber si alguno aplicábais ese convenio. Gracias anular |
05/11/2024 17:25 Escrito por: oto |
Además es una empresa familiar con alguno en cuenta ajena. El problema es que van a contratar a un trabajador ajeno a la familia y hacer el plan para un trabajador es un rollo. Gracias de nuevo |
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