31/12/2024 08:29 Escrito por: mayan |
Buenos días, me surge el siguiente caso. tengo una trabajadora que todos los meses tiene en nómina incentivos por ventas. Se ha dado de baja por AT y la base para la AT el programa la calcula teniendo en cuenta la base de cotización del mes anterior, pero a la hora de calcular el complemento a IT no me lo calcula, ya que me tiene en cuenta el salario que debería de percibir la trabajadora sin incentivos, por lo que este importe es bastante menor. Mi pregunta es la siguiente, ¿tendría que tener en cuenta para el complemento a IT la base de cotizacióndel mes anterior (3035€)? ¿el bruto del mes anterior 2.800€? ¿o su salario sin incentivos 1.700€? Mil gracias. |
31/12/2024 11:55 Escrito por: anular |
Buenos dias, Revisate su convenio, y mirate el aparto del complemento de IT, no todos son iguales. Si dice el 100% del salario, o del bruto, o de la base cotizacion,ect. Depende que ponga será una cosa o otra. Feliz año nuevo.
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31/12/2024 13:40 Escrito por: mayan |
indica el 100% del salario |
31/12/2024 14:05 Escrito por: anular |
Entonces ha de cobrar, como si trabajara, un mes normal. Que cobre igual que siempre. Si los incentivos son variables, haz una media de los ulitmos doce meses. Ya no trabajo hasta el dia dos de enero, esto es lo ultimo que hago de trabajo en 2024.
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02/01/2025 09:53 Escrito por: mayan |
Muchas gracias y Feliz año nuevo. Claro, la trabajadora tiene incentivos por ventas, por lo que no tenía claro como calcular el complemento, ya que este importe varia en función de las ventas que realice en el mes y tenía la duda de si este concepto se debía de tener en cuenta. |
02/01/2025 14:36 Escrito por: mayan |
Perdona de nuevo. He reclamado a la empresa que tiene que realizar el pago de la nómina el cálculo del complemento con los incentivos como hemos comentado anteriormente, pero esta se niega al considerar que solo se debe de tener en cuenta el salario fijo, y la asesoría consideramos que salario es todo ( fijo y variable)ademas de que el convenio no especifica que tenga que ser salario fijo, sino salario si mas. ¿que haceis en estos casos? El trabajador también es cliente nuestro y nos vemos en una tesitura. |
07/01/2025 16:49 Escrito por: anular |
Tienes que hacer lo que diga el cliente. Eso si, un e-mail para que quede cosntancia, o similia. Nada de telefono. Cuando le envias la nomina o despues, le escrites que lo legal seria el salario completo el 100%, pero según sus indicaciones segun salario base. Porque en caso de que el trabajador reclame, la empresa no te pida explicaciones a ti. ( tu avisaste ).
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14/01/2025 14:54 Escrito por: mayan |
¿hay algún articulo, base legal conde yo le pueda demostrar al empresario que le tiene que pagar el salario base con los incentivos? no encuentro nada, y claro, quiero evitar el conflicto entre ambos. no obstante si, lo hago todo vía email. gracias por todo. |
15/01/2025 12:47 Escrito por: anular |
Buenos dias, En sentencias judiciales, en algún articulo de paginas (noticias juridicas, ect).
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