08/01/2025 11:32 Escrito por: 1974 |
¿Existe obligación, a una persona que en 2023 y principios de 2024 trabajo en la empresa de reenviarle ahora, en enero de 2025 esas nóminas? ¿Tiene la empresa obligación de ese reenvío?
Un saludo. |
09/01/2025 12:10 Escrito por: anular |
Buenos dias, De cara a administraciones, inspeccion trabajo guarda 5 años. De cara al trabajador seria 12 meses, que el plazo maximo que puede reclaramar salarios. Pero de de re-entrega no dice nada. Si dice en entrgarla en el momento, pero posterior no hay nada.
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