29/01/2016 19:01 Escrito por: ISMAIS |
buenas tardes, si una persona tiene paro antigÜo, y ha estado 3 años en contrato y por lo tanto generado paro nuevo. al generar para nuevo , el anterior lo pierde o le dan a elegir entre paro antigüo y paro nuevo? |
29/01/2016 19:39 Escrito por: Teje |
Hola Ismais. Si ha pasado más de 12 meses trabajando pierde el paro "antigüo". Un saludo! |
01/02/2016 10:31 Escrito por: moni |
Hola Tarli. Me gustaría saber que es lo que ha cambiado recientemente, ya que hasta hace poco, cuando se trabaja 12 meses consecutivos, está claro que generas nuevas prestaciones y no se te acumulan. Por lo que tendrías que escoger lo que mas te convenga "paro antiguo" ó "paro nuevo". Pero no tengo constancia de nada nuevo para que te obliguen a perder el "paro antigüo". ¿Donde salió publicado?. |
02/02/2016 11:29 Escrito por: bogie |
a mi tambien me suena que se perdia pero no se ahora mismo en que decreto venia. habra que confirmarlo . |
02/02/2016 18:34 Escrito por: jam |
Si interrumpiste el cobro de una prestación contributiva para trabajar ese último periodo de un año o más, podrás elegir entre reanudar la prestación que suspendiste o cobrar la nueva que has generado. Esto es el derecho de opción. Esto sigue poniendo en la pagina del SEPE, yo no he oido nada de que se pierde el antigüo, yo creo que se sigue dando la opción de escoger entre el antigüo o el nuevo. |
02/02/2016 19:47 Escrito por: bogie |
sacado de pagina inem
Cuando el derecho a la prestación se extinga por realizar un trabajo por cuenta ajena de duración igual o superior a doce meses, y se reconozca una nueva prestación por desempleo sin haber agotado la prestación anterior, la persona trabajadora PODRÁ OPTAR, por escrito y en el plazo de 10 días desde el reconocimiento de la prestación, entre reabrir el derecho inicial por el período que le restaba y las bases, porcentaje y topes que le correspondían o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones efectuadas. Si la persona trabajadora opta por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron la nueva prestación por la que no ha optado, no podrán computarse para el reconocimiento de un derecho posterior. |
08/02/2016 14:45 Escrito por: KATOM |
se elige entre el que mejor quede. El que dejas se pierde. Normalmente ellos mismos te dicen cual es mejor si el antiguo o el nuevo. |
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