13/03/2018 12:28 Escrito por: anular |
Buenos dias, Como lo hareis? es para tener idea. Los autorizareis para a la gestioria? por certificado digital, dni electronico o e-clave. O que se lo hagan ellos? entonces por obligacion que tengan ellos el certificado digital, y que soliciten ellos la autorizacion fr-10. espero vuestra opinión. Gracias. |
13/03/2018 13:50 Escrito por: quico |
SE LO PUEDEN HACER ELLOS O COMO GESTOR PRESENTAS EL FR-10 Y TE LOS ASIGNAS, OBLIGAN A COMUNICAR TELEFONO Y MAIL DEL ASIGNADO. TODOS DEBERIAN TENER CERTIFICADO DIGITAL. DA MUCHAS FACILIDADES. |
13/03/2018 16:40 Escrito por: 1991 |
yo lo estoy haciendo presentando los fr-10, porque si lo tienen que hacer ellos voy apañao... Lo del teléfono y correo yo en la mayoría no lo pomgo, y luego si me los solicitasn por correo electrónico los facilito y arreglado |
15/03/2018 11:48 Escrito por: ALHAMA |
pero o yo no me he enterado o no os entiendo??? ¿ que tenemos que hacer ahora con esto de los autonomos y el sistema red?
|
15/03/2018 12:11 Escrito por: sangil |
Ampliación de la obligatoriedad de estar de alta en el Sistema RED a determinados colectivos
La afiliación al Sistema RED pasa a ser obligatoria para los siguientes grupos:
Las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar al Régimen General de la Seguridad Social, por lo que respecta alcolectivo de los representantes de Comercio y al Sistema Especial de la Industria Resinera. ¿De qué plazo disponen los trabajadores autónomos para incorporarse al Sistema RED? Los trabajadores por cuenta propia disponen de un plazo máximo de 6 meses, a contar desde el día 1 de marzo (hasta el 31 de agosto), para darse de alta en el Sistema RED. ¿Cómo pueden hacerlo? El trabajador autónomo puede afiliarse él mismo como autorizado RED, o bien realizarlo a través de una asesoría. Aquel trabajador por cuenta propia que ya dispone de un asesor autorizado RED que haga las gestiones en su nombre, no debe realizar ningún trámite. (Siempre que la asesoría haya comunicado nombre y datos de trabajadores RETA asignados a su autorización) Por el contrario, el autónomo que quiera figurar como autorizado RED, debe disponer de un certificado digital. Para ello, deberá presentar en la Tesorería General una fotocopia del DNI, la documentación que acredite que está dado de alto como autónomo y una solicitud de autorización para acceder al sistema. El autorizado RED se preasigna al interesado, que a través de la Sede Electrónica de la TGSS confirmará su asignación. |
15/03/2018 12:18 Escrito por: ALHAMA |
Sí esto lo conozco Sangil, pero lo que yo entiendo es que a partir de ahora tendre que dar de alta a los autonomos asignandomelos directamente PERO ESTO ES LO QUE VENGO HACIENDO YA, ME ASIGNO SU NAF Y ELLOS DESPUÉS O YO CON SU CERTIFICADO DIGITAL LO CONFIRMAN A TRAVES DE SEDE O BIEN LES DOY DE ALTA EN SEDE CON SU CERTIFICADO DIGITAL ....no veo la novedad |
15/03/2018 18:20 Escrito por: amaya |
LA NOVEDAD, ES PARA AQUELLOS AUTONOMOS QUE A FECHA DE HOY NO LOS TENGAS ASIGNADOS A TU AUTORIZACION RED Y QUE POSIBLEMENTE TAMPOCO ESTÉN DADOS DE ALTA EN EL SISTEMA. YO TENGO ASÍ UNOS CUANTOS AUTONÓNOMOS DE HACE MUCHOS AÑOS , YA DE UNA EDAD.. Y QUE LE HABLAS DE FIRMAS DIGITAL O DNI ELECTRONICO Y LE SUENA A CHINO. PORQUE ESTÁ CLARO, QUE AHORA ALTA DE AUTONOMO, IMPLICA AUTORIZACIÓN SISTEMA RED, Y AL HACER ALTA EN RETA YA SE DAN DE ALTA EN SISTEMA RED, COMUNICANDO DATOS DE CONTACTO |
16/03/2018 10:58 Escrito por: eva |
Yo llamé al 901 para que me lo explicaran, porque no me quedaba claro el proceso. Me comentaron que, o bien me los asignaba yo directamente o si no, con que se sacaran el certificado digital era suficiente puesto que con él ya accedían directamente a SEDE ELECTRÓNICA. |
21/03/2018 17:20 Escrito por: Silviam |
Yo tambien he llamado hoy y me han comentado los mismo, que lo venga haciendo como hasta ahora, que soliciten el certificado digital y con el haga el tramite de autorizar a la asesoria y ya quedan incoporados a sistema RED. Mi duda es ¿ahora hay que enviar los partes de baja, confirmacion y alta medica por sitema RED de los autonomos? es que he leido en un pagina esto... y ya estoy un poco liada. No se si se me escapa algo más que hubiese que comunicar a partir de ahora... Y con respecto a la comuicacion de la fecha de inicio de la suspension del contrato por maternidad o paternidad ¿sabeis que quiere decir? yo vengo comunicando siempre en suspensiones por prestaciones de corta duracion la fecha de inicio de la baja por maternidad o paternidad y la fecha de fin. Es que esto se me ha pasado preguntarlo...
|
Página 1 de 1 |