21/11/2024 16:51 Escrito por: Alvigestio |
Buenas . ¿Me podéis ayudar?.Tengo que dar de alta al hijo del administrador de una s.l. Es menor de 30 años y convive con el padre. ¿alta como Fam.Colaborador? ¿o Reg.General sin desempleo?. Gracias de antemano. Un saludo |
04/12/2024 18:57 Escrito por: Inmae |
Creo que la excepción de poner contratar a los hijos menores de 30 años sólo se palica al autónomo persona física y no cuando el empleador es una persona jurídica. Pienso que el encuadrmaiento correcto sería autónomo colaborador de autónomo societario, pero tampoco se le podría aplicar la bonificación del autónomo colaborador en este caso. |
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