12/09/2024 09:34 Escrito por: mayan |
Tengo un cliente que quiere realizar un evento fuera del centro de trabajo, un concierto en concreto, y el mismo es de un solo día. Esto lo quiere hacer con otra persoja ajena a su actividad y además quiere contratar a 12 personas simplemente para ese día (Hostelería). ¿que tipo de contrato realizo? ¿temporal pro cirscunstancias imprevisibles? no sé como encajarlo. |
12/09/2024 10:52 Escrito por: anular |
Buenos dias, El contrato temporal, 402 o 502, y se indica si es previsible o imprevisible ( colectivo 967 y 968 ). Vamos temporal siempre. Uno de los dos(967 o 968), argumentando la temporalidad, y muy importante recuerda el sobrecargo de S.S. de 31 €, por cada contrato. Seria la correcto. Si se los quiere ahorrar, y no los ha tenido contratado antes, indedinido y baja por periodo de prueba.
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12/09/2024 11:14 Escrito por: mayan |
lo d eindefinido no lo veo, ya que se sabe que es un evento de un solo día y la empresa no podría mantenerlos en alta después de esto. Lo que me preocupa es la interpretación del contrato de trabajo por causas previsibles o imprevisibles. la idea se les ocurrió hace unos meses, y ahora es cuando han decidido hacerlo, pero no lo planificó en el 4º trimestre del año anterior, ¿me explico? |
12/09/2024 17:47 Escrito por: anular |
Mayan, tienes parte de razón, lo de hacer contrato en indefinido es unicamente para ahorrar costes a la empresa. Es un contrato temporal previsbles o no, el problema en ambos casos es justificar el motivo, si lo tiene, factura de evento de ese dia en concreto, publicidad del evento en si, ect. Documentacion que justifique ese dia en concreto, no habitual. Y que en caso de inspeccion, y el criterio del inspector.
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