12/09/2024 11:42 Escrito por: mayan |
Buenos días, tengo una empresa de 8 comuneros que ahora comienzan a cogerse las vacaciones del año. Tenemos que contratar a alguien para sustituir estas vacaciones, ¿que contrato estáis utilizando para esto? |
12/09/2024 13:14 Escrito por: eva |
Buenos días... en la última reforma se especificó que, para sustituir trabajadores por vacaciones, el contrato sería el 402/502 colectivo 967. Eventual imprevisible. |
16/09/2024 11:45 Escrito por: JESUS GRANA |
Yo estoy utilizando un 510 o 410 Interinidad |
16/09/2024 17:33 Escrito por: RUBIN |
es correcto el eventual imprevisible , pero ojo, no lo sería el de interinidad. |
16/09/2024 20:21 Escrito por: Inmae |
Eventual , colectivo 967. La norma establece específicamente que se utiliza por ejemplo, para sustituir vacaciones. |
19/09/2024 09:48 Escrito por: mayan |
Gracias por vuestra ayuda. |
07/10/2024 12:26 Escrito por: mamen |
segun dicen lo correcto es el 402 y 967 pero no me parece justo que si vas a contratar a alguien una o dos semanas sin llegar al mes para sustituir vacaciones penalicen con los 32 euros... asi que alguna que otra vez he puesto 410 con derecho a reserva de puesto de trabajo, incluso cuando algun trabajador tiene un permiso retribuido por fallecimiento de familiar ( por poner un ejemplo ) estoy usando el 410.... y si alguna vez lo revisan pues que lo cambien y pidan la penalizacion
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