23/10/2024 09:56 Escrito por: Toledano |
ATENCION COMPLAÑEROS!!!! STS 1164/2024 de 24/09/2024, DICE: "se estaboece un periodo de prueba según convenio" NO ES VALIDO y, en sonsecuencia, el CESE FUNDADO EN NO SUPERACION PERIODO DE PRUEBA, consituye DESPIDO IMPROCEDENTE. Hay que especifiar la duración exacta del perioso de prueba en los contratos |
30/10/2024 17:02 Escrito por: anular |
Buenas tardes, En el contrato el apartado se periodo de prueba, o pongo 15 dias naturales/laborables, un mes, o lo que corresponda. No la fecha de final. O tambien segun convenio, en el propio contrato se indica la categoria y el convenio de apliación. Si el juez,ect, es vago y le cuesta entrar el convenio, en el apartado de periodo de prueba. No le veo el que. No es normal. Pero tambien este criterio se podria aplicar a la retribucion, a las vacaciones, que casi nunca indico importe o la duracion, solo según convenio. En resumen, un juez sin ganas de trabjar, con poco sentido común. Espero que sea sentencia aislada, y no concurra en jurisprudencia. Cada dia es más complicado, rebuscado, una normativa muy laxa, sin concretar nada y así no tener responsabilidades. Muchas gracias por avisar.
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13/11/2024 11:54 Escrito por: mamen |
tampoco nos parece... o sea si ponemos en vacaciones segun convenio, si vale y esta claro que hay que buscar el convenio y ver cuanto corresponde... igualmente pasa con el salario ,en cambio en el periodo de prueba hay que poner los dias exactos.... es totalmente ilogico, pero ya desde la reforma venimos anotandolo |
20/11/2024 10:41 Escrito por: eva |
Yo ya hace un tiempo que vengo poniendo la duración del periodo de prueba concreto para cada caso porque, ciertamente, no estaban considerando como válido "según convenio". Coincido en que es algo ilógico, pero como ya hay que darlo todo mascado y digerido... en fin... |
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