18/11/2015 13:50 Escrito por: almu1974 |
Hola, tengo un problema, con varias empresas que me traen trabajadores rumanos que nunca han estado antes en España, para trabajar en la aceituna. Yo los he afiliado con el pasaporte, y los he dado de alta, pero la Tesorería les ha entregado una subsanación con plazo 10 días para que le llevemos el NIE. En extranjeria están saturados y las citas van por Diciembre, por lo que se nos pasa el plazo de subsanación de la Tesorería y el plazo de comunicar el contrato, ya que no registran contratos sin NIE, ni telemáticamente ni fisicamente. En los dos sitios me dicen que como es un problema de cita, que subsanemos y registremos los contratos en cuanto les den los NIE. Pero el problema viene, desde ayer, que en extranjería les están diciendo a los trabajadores que van allí, que como no van a estar más de 90 días en España, no necesitan el NIE para trabajar, con lo que ni están cogiendo cita y ahora no se que hacer, ni puedo subsanar ni registrar los contratos. A alguien le ha pasado algo parecido?? |
18/11/2015 17:13 Escrito por: ramsey |
Si son no residentes no necesitan NIE. Rentenles por no residentes en nómina... (cuanto era? el 24%?..., presenta modelo 216, 296 y arreando. Otra cosa es que se queden en España... pero si son temporales hazlo así salvo meliori |
18/11/2015 18:05 Escrito por: GYD-ASESORES |
Buenas tardes almu1974, esto es algo que ocurre muy comun en la agricultura. te digo lo tramites que yo hago, al ser rumanos pueden darse de alta en la TGSS con el pasaporte como tu bien dices asignandole un NAF y no tienen la obligacion a tener NIE si no estan mas de 3 meses (siempre la obligacion es del ciudadano europeo y en todo caso la empresa, que sino quieren pagar el 24.75% de IRPF le obligará o se quedara sin trabajo). Por otro lado esta la comunicacion del contrato, que si se puede hacer telematicamente, pero de forma previa hay que ir con el NO RESIDENTE a la oficina del SAE y solicitar que le asignen un numero de no residente de la union europea, estos nº empiezan por la U***** (te aconsejo vayas directamente al director del SAE, ya que el resto suelen tener poca idea de este tramite), una vez lo tengas puedes registrarlo por el Netcontrata. Hasta ese momento tu ya has hecho tu trabajo de afiliacion y comunicacion, ahora bien al ser no residente de cara a hacienda tienes que presentar los modelos 216 (trimestral) y 296 (resumen anual) en los mismos plazos del 111 y 190, no tienes que darlos de alta la obligacion en el 036 y solo lo presentas en los trimestres que tengas no residente; ahi liquidas el 24.75% de devengado del trabajador y por supuesto no se incluye el trabajador en el 111 ni en el 190. Todo esto supone mas gastos para la empresa, en IRPF y tu trabajo que debes facturar unos modelos mas que realizas.
un saludo |
18/11/2015 19:11 Escrito por: almu1974 |
Ok, lo haré así, aunque cuando le diga a los empresarios los gastos que conlleva, les entrará gana de ir a extranjería y sacarles los NIE. |
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