20/10/2014 14:23 Escrito por: Eva Gestoria |
En mi caso lo primero que hice fue ir a la administracion que me correspondia y contarle el caso ya que ellos son los que pueden hacer que ese alta no este fuera de plazo. La funcionaria me indico que presentará un escrito exponiendo lo que le estaba diciendo a ella y solicitando que la alta fuera tomada en plazo y sin problema alguno me lo cambiaron y no paso nada. También supongo que no es lo mismo que se te haya pasado dos dias a 20. Pero llegate que en dos ocasiones lo he averiguado asi. |
20/10/2014 17:55 Escrito por: juanito |
a ver te doy un argumento legal para que te la pongan en plazo: reglamento de afiliación 84/1996 Artículo 35 Efectos especiales de las altas y bajas de los trabajadores. art. 35.1.1º Las altas solicitadas por el empresario o, en su caso, por el trabajador fuera de los términos establecidos sólo tendrán efectos desde el día en que se formule la solicitud, salvo que se haya producido ingreso de cuotas en plazo reglamentario, en cuyo caso el alta retrotraerá sus efectos a la fecha en que se hayan ingresado las primeras cuotas correspondientes al trabajador de que se trate. riesgo: en mi administración, esto se lo pasan por el forro, pero recurriendo hasta el contenciso se gana. preguntalo en laadministración antes, y si te lo permiten, pues oagas las cutoas en plazo, haces el escrito y que te la pongan en plazo, si tras la consulta te dicen que no, pues decide segun el criterio de otros compañeros. saludos. |
20/10/2014 20:58 Escrito por: ARENAL |
a mi me paso y en Córdoba es tambien automático. Lo mismo que la sanción de 625 €. |
21/10/2014 11:34 Escrito por: maricar |
NO LE DEIS MAS VUELTAS!!!! LAS ALTAS SON PREVIAS Y POR TANTO UNA VEZ QUE MECANIZAS YA HAY CONSTANCIA DEL MOMENTO EN EL QUE SE ESTA HACIENDO Y SURTE LOS MISMOS EFECTOS QUE SI VA LA INSPECCION DE TRABAJO Y VE A UN TRABAJADOR SIN DAR DE ALTA, EN ESE MOMENTO YA EL INSPECTOR PUEDE PROCEDER A SANCIONAR VERDAD? PUES UNA VEZ QUE TU MECANIZAS UN ALTA DESPUES DE QUE EL TRABAJADOR INICIE SU ACTIVIDAD LABORAL EN LA EMPRESA, TU MISMO TE ESTAS APLICANDO LA SANCION, YA NO HACE FALTA QUE SEA LA INSPECCION DE TRABAJO (ANTES COMO LAS ALTAS TENIAMOS QUE HACERLAS EN LA ADMINISTRACION Y A MANO........) CON ESTOS SISTEMAS DE MECANIZACION ESTAMOS COGIDOS POR LOS............. YO TAMBIEN HE TENIDO YA QUE PAGAR ALGUNA QUE OTRA SANCION POR ESTE TEMA Y MI CONSEJO ES QUE SI LO HACES, SIENDO CONSCIENTE DE ELLO, NO HAGAS ESCRITOS DE NINGUN TIPO PORQUE DESDE HACE UNOS MESES, ESCRITO QUE PRESENTES EN AFILIACION CON ESTE TEMA, LO PASAN AL DEPARTAMENTO DE RECURSOS Y A PARTIR DE ESE MOMENTON YA NO HAY QUIEN TE QUITE LA SANCION, ES MEJOR QUE LO DEJES POR SI CUELA. |
21/10/2014 11:39 Escrito por: IMBEROSIMIL |
Estoy con maricar, puedes dar mil vueltas pero el alta es previa |
21/10/2014 14:00 Escrito por: Eva Gestoria |
Yo también estoy con vosotros pero también os digo que si por error se te pasa dos dias si el funcionario de la administración quiere os pone el alta en plazo porque errar es de humanos. A mi me lo han echo dos veces. |
21/10/2014 14:45 Escrito por: TARTA DE FRESA |
Buenas, ¿cuál es la sanción de los 625€? gracias y saludos,
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21/10/2014 17:30 Escrito por: INVERPLATA |
Muchas gracias por vuestros comentarios. Yo también tengo certeza que escrito que presentes y contenga alguna incidencia lo envían a inspección. El problema es que me ha tocado con una empresa de fuera de mi provincia, en Alcobendas y no conozco a nadie. Lo tengo que valorar, pero igual lo dejo pasar, tan solo ha sido cinco días...ah, y gracias que no ha habido ninguna IT. Nuestro despacho trabaja con la mayor diligencia posible pero alguna vez tenía que ocurrir,con tanto plazo y con tanto sistema informático estamos asfixiados... |
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